Una pareja de hecho es un concepto jurídico complejo. No obstante, de manera simplificada, es posible definirla como la unión estable de dos personas que conviven de forma libre, pública y notoria, durante un tiempo determinado. Asimismo, entre ellas existe un vínculo afectivo similar al de un matrimonio.   

Las parejas de hecho según la legislación española

El régimen de gananciales es por excelencia el régimen en Derecho común.

A través de la sociedad de gananciales se hacen comunes para el matrimonio las ganancias obtenidas de forma indistinta por ellos. Cuando dicha sociedad se disuelve, los bienes y derechos generados durante el régimen de gananciales se atribuyen por mitades iguales. No obstante, dentro del régimen también existen bienes privativos.   

El régimen económico matrimonial: El régimen de gananciales (Parte I)

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